NACIONAL

Deben bancos dar datos personales a SAT

Víctor Fuentes

(16 octubre 2015) .-00:00 hrs

Icono para compartir en redesIcono para compartir en redesIcono para compartir en redesIcono para compartir en redesIcono para compartir en redes
La Suprema Corte de Justicia prohibió a todos los jueces federales conceder suspensiones a los bancos que busquen evitar órdenes del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para entregar los datos personales de sus cuentahabientes.

Por tres votos contra uno, la Segunda Sala de la Corte aclaró el 7 de octubre que no se pueden suspender las órdenes giradas por el fisco con base en el artículo 32-B del Código Fiscal de la Federación, vigente desde 2014.

Dicho artículo ordena a las entidades financieras obtener, y en su caso entregar al SAT, "el nombre, denominación o razón social; nacionalidad; residencia; fecha y lugar de nacimiento; domicilio; clave en el RFC y CURP" de sus clientes.

La Corte tuvo que aclarar una contradicción entre tribunales federales, uno de los cuales concedió el pasado 20 de marzo una suspensión a Banco Azteca, para no entregar una remesa de datos de dos millones de cuentahabientes que el SAT le requirió en agosto de 2014.

Fuentes hacendarias informaron que, pese a la suspensión, Azteca sí ha entregado la información, ya que de no hacerlo, sus clientes de nacionalidad estadounidense con depósitos en México serían sujetos a sanción bajo la Ley FACTA de ese país, creada para combatir el lavado de dinero, que permite retenerles 30 por ciento de su saldo.

Las fuentes agregaron que la información se está solicitando a todos los bancos y casas de bolsa dos veces al año, sobre saldos de cuentas existentes y nuevas cuentas, particularmente cuando el monto disponible exceda de 50 mil dólares, para personas físicas, y 250 mil dólares para personas morales.

La Corte aún no ha publicado la versión completa de su jurisprudencia -que regirá para casos futuros-, pero su criterio central fue que "de suspenderse la obligación de presentar la información relativa, se contravendrían disposiciones de orden público y se causaría perjuicio al interés social".