ECONOMÍA

Sin licitar

Dan reglas a mineras para explotar gas

Alejandra López

(17 marzo 2016) .-17:13 hrs

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Ante las solicitudes de empresas mineras para obtener contratos de explotación de gas natural en vetas de carbón, la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) aprobó los criterios que tomará en cuenta para medir si éstas tienen las capacidades para explotar los recursos o no.

El Órgano de Gobierno señaló que el artículo 27 Constitucional, reformado en 2013, permite a las mineras que explotan carbón aprovechar el gas que se obtiene de esta actividad y que hasta ahora no se había comercializado por falta de reglas claras.

Las empresas solicitarán la adjudicación de los contratos ante la Secretaría de Energía, quien pide a la CNH su opinión para estimar si le otorga o no el contrato. Cabe destacar que para entregar el documento, la opinión de la Comisión debe ser favorable para el contratista, señaló Ulises Neri, titular de la unidad de extracción en la última sesión que tuvo lugar hoy.

"La Ley de Hidrocarburos establece requisitos mínimos que deben contener las solicitudes y la Secretaría de Energía (Sener) emitió unos lineamientos en el Diario Oficial de la Federación que regulan de una forma más precisa los requerimientos que deben cumplir los mineros. La Sener ya ha recibido solicitudes para la asignación directa de los mineros y nos pide la opinión técnica.

"Para efectos de emitir tal opinión, la CNH ha desarrollado unos criterios de evaluación para poder analizar estas solicitudes para lo cual es el motivo de lo que nos ocupa este día", explicó Néstor Martínez, comisionado de la CNH.

Neri explicó que entre los criterios de evaluación, las compañías deberán acreditar sus capacidades técnicas al demostrar la existencia del recurso, proponer un plan de exploración, definir las diferentes opciones técnicas y estrategias para un plan de desarrollo y contar con la infraestructura para llevar a cabo las actividades.

En las capacidades administrativas, deberán demostrar que cuentan con el personal capaz para realizar estas actividades y que tienen experiencia en proyectos similares.

Sobre este punto en particular, los comisionados presentes en la sesión señalaron que para las empresas que hoy existen en el País, difícilmente podrían acreditar esa experiencia salvo que sean empresas internacionales.

A ello, Neri y Martínez señalaron que las capacidades las pueden acreditar con el personal que va a participar en las operaciones.

Finalmente, las capacidades financieras y la solvencia económica se demostrará al probar la existencia de recursos, tanto por una empresa como por una asociación de compañías.

Otros temas que se abordaron en la sesión son los cambios al Código de Conducta de los funcionarios de la CNH donde se agregaron las limitantes de interacción de éstos con las empresas reguladas.

El criterio más relevante que se agregó al Código es que si los empleados de la CNH tienen inversiones en empresas del sector, deberán deshacerse de ellas en un periodo de 30 días naturales.